Infracción del derecho de información del socio

La sociedad vulnera el derecho del socio a solicitar las aclaraciones oportunas acerca de los puntos comprendidos en el orden del día, cuando contesta en términos vagos, omitiendo información, y no consigue demostrar que la información omitida no era necesaria para la adopción del acuerdo o ya estaba a disposición del socio.

Retribución del administrador

Para que el régimen estatutario de la retribución de los administradores, que establece su gratuidad, pueda ser eludido con un contrato, es necesario la concurrencia de un elemento objetivo de distinción entre las actividades debidas a la sociedad como administrador y las debidas por la relación contractual; y esa distinción no se da cuando el administrador realiza, básicamente, actividades de gestión de la sociedad. No obstante, si la retribución se acordó por todos los socios, incluido el demandante, generando confianza en el administrador sobre la regularidad de la percepción de sus retribuciones, éste no tendrá que devolver las cantidades percibidas de la sociedad, pues la actuación del demandante vulnera la prohibición de ir contra los propios actos.

Responsabilidad del administrador de hecho

Con carácter general, el responsable de los daños a la sociedad derivados de una administración lesiva es el administrador de derecho, máxime cuando la responsabilidad pretende derivarse de la omisión de una conducta cuyo cumplimiento no está al alcance del administrador de hecho.

Documentación de acuerdos sociales

En la certificación del acta de la junta se ha de indicar el resultado de las votaciones con expresión de las mayorías con que se ha adoptado cada uno de los acuerdos.

Eficacia de la sentencia de nulidad de acuerdos sociales

La declaración judicial de nulidad de los acuerdos sociales impugnados no produce de manera automática el regreso al estado de cosas anterior al acuerdo anulado.

Eficacia de la sentencia de nulidad de acuerdos sociales

La declaración judicial de nulidad de los acuerdos sociales impugnados no produce de manera automática el regreso al estado de cosas anterior al acuerdo anulado.