Desde el 5-7-2018, la reducción en los tipos de retención e ingreso a cuenta y de los pagos fraccionados por obtención de rentas en Ceuta o Melilla a las que resulte aplicable la deducción se eleva al 60%.
Desde el 5-7-2018, se incrementa el umbral mínimo de la obligación de declarar en determinados supuestos de percepción de rendimientos del trabajo; entre ellos, cuando tales rendimientos procedan de más de un pagador.
Con efectos a partir de 5-7-2018, se modifican las cuantías de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
En el período impositivo 2018, los nuevos límites excluyentes de la obligación de retener, así como los nuevos importes de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, pueden incidir en el cálculo de las retenciones sobre tales rendimientos satisfechos a partir de 5-7-2018, debiendo efectuar, en su caso, la correspondiente regularización.