La representación de los trabajadores en los órganos de gobierno de las Cajas cuya actividad como entidad de crédito se desarrolle a través de una entidad bancaria debe incluir a los empleados de la Caja.
El II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva firmado el 25 de enero entre las organizaciones sindicales y empresariales fija los criterios que deben regir la negociación colectiva entre el 1-1-2012 y 31-12-2014 . El texto que apuesta por una descentralización de la misma, establece diversas recomendaciones para favorecer la flexibilidad interna mediante la inaplicación negociada de determinadas condiciones de trabajo a nivel de empresa y aconsejando que el porcentaje de subida salarial para 2012 no exceda del 05%. Finalmente, se acuerda expresamente prorrogar durante 12 meses más el IV Acuerdo Nacional de Formación
Un miembro de un comité de empresa, está legitimado para reclamar a título individual el derecho a la utilización del crédito horario denegado, por vulneración del derecho de libertad sindical si accedió a este órgano de representación a través de una candidatura sindical,