Procedencia del método de comprobación de valores cuando el valor de referencia no se ajusta al valor real o de mercado.
No puede rechazarse la validez del método de valoración utilizado por la Administración cuando los coeficientes de referencia, correctamente determinados y publicados por el órgano competente, no se ajustan al valor real, si están vigentes a la fecha de realización del hecho imponible.