Se habilita la realización de trámites y actuaciones a través del canal telefónico y se describe, sucintamente, el procedimiento para acceder al mismo.
En aras a disminuir el impacto de la crisis Covid-19 en sectores especialmente vulnerables, como son, entre otros, el turismo y el comercio, se restablecen los aplazamientos de deudas tributarias para pymes y autónomos por un plazo de seis meses.
Para que un procedimiento termine por inicio de otro posterior, de distinta naturaleza y que incluye el objeto de aquél, es preciso que el primero no haya terminado cuando se notifique el inicio del segundo, es decir, no puede terminar por inicio de un procedimiento posterior aquel procedimiento que en el momento de tal inicio ya habiera terminado por caducidad.
Se aprueba el calendarío de días inhábiles correspondiente al año 2021, para la Administración General del Estado y sus Organísmos Públicos, a efectos del cómputo de plazo.
Con la finalidad de detallar la normativa vigente, se aprueba el reglamento propio del Tribunal Económico-Administrativo de La Rioja.
Las solicitudes de aplazamiento de tributos repercutidos en las que el solicitante alega no haber cobrado las cuotas repercutidas y aporta además la documentación que, a su juicio, demuestra dicha circunstancia, deben ser objeto de denegación -que no de inadmisión- cuando, contestado el requerimiento para completar esa acreditación, este hecho no haya quedado probado.