Aplicación del baremo de la ley de dependencia para determinar si el discapacitado precisa del concurso de tercera persona
Desde el 12-10-2012 la determinación de la necesidad del concurso de tercera persona relevante para fijar el monto de la pensión de invalidez no contributiva o de la asignación por hijo o menor acogido a cargo discapacitado en un grado igual o superior al 75%, se realiza según el baremo de la ley de dependencia. Se estima acreditada tal necesidad cuando de la aplicación de dicho baremo se obtiene una puntuación que da lugar a cualquier de los grados de dependencia establecidos. También se da nueva redacción a las deficiencias contenidas en la Clase V sobre limitaciones en la actividad muy graves y se suprime la obligatoriedad de señalar el tipo o los tipos de deficiencias en la resolución del reconocimiento de la situación de discapacidad, protegiéndose la privacidad de la información personal en los certificados de la situación de discapacidad.