Novedades en el tratamiento de la protección de datos

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es de aplicación directa desde el 25-5-2018. En el ámbito laboral, el tratamiento de la protección de datos personales tiene repercusiones desde el proceso de selección hasta la extinción del contrato, a lo largo de toda la relación laboral.

Indemnización en caso de despido colectivo declarado improcedente

Para determinar la indemnización derivada de un despido colectivo declarado improcedente no resulta aplicable la cláusula de blindaje en la que se acuerda una superior indemnización para el supuesto de despido declarado improcedente, pero relativo a una decisión empresarial basada en incumplimiento grave y culpable del trabajador, que solo sería aplicable en supuestos de despido disciplinario, siendo, además que estaba incluida como adicional en un contrato temporal de lanzamiento de nueva actividad de un año de duración, por lo que pierde su eficacia cuando la relación laboral se transforma en indefinida y no se ha pactado su mantenimiento.

Legalidad de la claúsula convencional que limita el acceso como fijo discontinuo en función de un número de días trabajados

Las cláusulas de los convenios colectivos que limitan el acceso a la condición de trabajador fijo discontinuo en función de la acreditación de un número determinado de días trabajados, haciendo abstracción de las previsiones de la normativa legal aplicable, son ilegales.

Resposición de prestaciones por desempleo derivadas de ERTE

Un trabajador que tuvo reconocido el derecho a la reposición de las prestaciones por desempleo de los 123 días en los que estuvo sujeto a un ERTE suspensivo cuando prestaba servicios para una primera empresa, también tiene derecho a que se le reponga un segundo periodo de interrupción temporal de la relación a la que estuvo sujeto en otra empresa distinta, de la que también fue despedido, pero esa reposición no puede rebasar el límite de 180 días.

Exigencia de carácter indefinido del contrato de relevo en caso de reducción del 85% de la jornada del relevado

El contrato de relevo, suscrito al amparo de la Ley de Medidas en materia de Seguridad Social de 2007, cuando la reducción de jornada y de salario del relevado alcance el 85%, debe concertarse necesariamente a jornada completa y con duración indefinida, sin que sea posible acudir, en tales casos, a la contratación temporal.

Condena penal tras sanción administrativa

Es posible sancionar penalmente unos hechos que ya han sido sancionados administrativamente. Pero a la hora de la determinación de la pena se debe tener en cuenta la sanción administrativa impuesta, de manera que no se supere el máximo de la consecuencia prevista para la conducta típica

Despido colectivo por disminución de la contrata

El periodo de consultas se configura como un periodo de negociación ligado necesariamente a la preexistencia de relaciones laborales entre la empresa que lo pone en marcha y sus trabajadores, representados a través de los sujetos colectivos legitimados para ello, siendo ajeno a todo ese proceso el vínculo contractual que la empleadora pueda tener con su cliente, por más estrecho y reglado que este pueda ser.

Excedencia voluntaria y decisión del empresario de no cubrir la vacante

No existe vacante sobre la que pueda operar el derecho preferente al reingreso, cuando la empresa suprime el puesto de trabajo desempeñado por el trabajador cuyo contrato se extingue, de tal forma que, simplemente, dejan de realizarse las funciones y tareas que venía desempeñando, o se redistribuyen entre las demás trabajadores de la empresa.

Independencia del auditor

La falta de independencia del auditor respecto de la sociedad auditada es causa de impugnación del acuerdo de nombramiento, así como del acuerdo de aprobación de las cuentas verificadas por dicho auditor. Asimismo, constituye causa justa para acordar su cese por la junta general (LSC art.264.3) o para que los administradores o socios puedan pedir (al secretario judicial o registrador mercantil) la revocación de su nombramiento (LSC art.266.1).

Percepción del plus de asistencia en el supuesto de trabajo a tiempo parcial

El plus de asistencia, consistente en abonar una cuantía fija de un concreto importe que varía según la categoría a la que pertenece el trabajador, ha de percibirse íntegramente con independencia de que el contrato sea a tiempo parcial o completo, ya que su naturaleza no permite que el mismo se reconozca en proporción al tiempo trabajado ya que retribuye la asistencia al trabajo, sea a jornada completa o a jornada parcial.