Regularización de la deducción por creación de empleo en el IS
Con efectos para las deducciones por creación de empleo generadas en los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2018, se desarrolla la forma de determinar su regularización.
Con efectos para las deducciones por creación de empleo generadas en los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2018, se desarrolla la forma de determinar su regularización.
El padre tiene puede disfrutar del permiso de lactancia, tras concluir su permiso por paternidad, aunque la madre esté disfrutando de la suspensión de contrato por maternidad.
Es válida la celebración de contrato para obra o servicio cuyo objeto sea llevar a cabo una actividad en el desarrollo de una encomienda de gestión técnica lícitamente encargada. A su vez, las sucesivas adendas al contrato inicial, consecuencia de la ampliación en prórrogas o adendas sucesivas de dicha encomienda, siempre con el mismo objeto inicial, deben ser consideradas continuidad o prórroga del primer contrato.
En caso de falta de llamamiento de trabajadores fijos discontinuos en número superior a los umbrales establecidos para el despido colectivo, es obligatorio seguir el procedimiento previsto para éste, sin que el empresario pueda optar por otros cauces de extinción de contratos de trabajo (p.e. despido conciliado como improcedente con 25 días de indemnización). Se trata de una exigencia legal que no puede ser obviada por pacto o acuerdo colectivo, ni siquiera por pacto fin de huelga.
Desde el 5-7-2018 se puede acceder a un nuevo subsidio extraordinario de desempleo, cuando se tengan responsabilidades familiares, con una vigencia de 6 meses, pero prorrogable automáticamente por períodos semestrales hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.
A partir del 30-7-2020 serán aplicables las novedades que se han de incluir en las normas nacionales en relación al desplazamiento en el marco de una prestación de servicios. Estas afectan principalmente a la ampliación del impacto de la regulación laboral del Estado de destino en el trabajador desplazado. Nuevas materias se incluyen en el estatuto mínimo a respetar: la remuneración (antes salario mínimo), las condiciones de alojamiento y los complementos o los reembolsos en concepto de gastos de viaje alojamiento y manutención de los desplazados. Asimismo, se establece que, transcurridos los 12 meses de desplazamiento, con carácter general, debe aplicarse al desplazado el régimen laboral de destino al completo (estatuto completo) con algunas exclusiones. Finalmente se refuerza la cooperación entre administraciones, así como la vigilancia, control y ejecución de las condiciones laborables aplicadas a los desplazados.
El juez del concurso es excepcionalmente competente para conocer de las acciones individuales de extinción del contrato de trabajo en aquellos supuestos en que la acción se dirija contra el concursado, pues en caso de dirigirse contra un grupo empresarial generador de responsabilidad solidaria cuyos integrantes no están declarados en situación concursal, la competencia corresponde al orden jurisdiccional social.
Durante el año 2008 se podía suscribir el contrato de relevo temporal por jornada superior al 75% y no superior al 85%, dado que la regulación transitoria de la LGSS es asumida en el terreno de la contratación laboral por mandato expreso de la ley, debiéndose en consecuencia aplicar el régimen del contrato de relevo de forma gradual.
La trabajadora en situación de embarazo no tiene derecho de prioridad de permanencia, sin embargo, la empresa debe recoger en la carta de despido los criterios objetivos de selección por los que la trabajador es incluida como afectada por el despido colectivo.
El documento de finiquito firmado por el trabajador a la extinción de la relación laboral no tiene eficacia liberatoria si se aplica indebidamente el convenio colectivo, para cuya determinación es necesario probar cuál es la actividad esencial y principal.
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