Se actualiza el modelo 20R, de comunicación a efectos de la aplicación del régimen fiscal especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, cesiones globales del activo y del pasivo y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un Estado miembro a otro de la UE.
Publicado un Convenio entre España y la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
Publicación en el BOE la relación de fiestas nacionales y de Comunidades Autónomas establecidas con carácter retribuido y no recuperable para el año 2021.
Se crea una Unidad Administrativa para el apoyo a la recuperación y refuerzo de los órganos jurisdiccionales de lo social, mercantil y contencioso-administrativo, adscrita al Ministerio de Justicia, que mantendrá su actividad hasta el 31-12-2021, aunque puede ampliarse su vigencia temporal si se considera que perduran las condiciones que justifican su creación.
8 En aras de un efectivo suministro de información de las obligaciones de carácter informativo, se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 198. Por ello, para las declaraciones que se presenten a partir del 1-1-2021, se introducen las […]
5 El Rgto CEE/2658/87 estableció una nomenclatura de mercancías, denominada Nomenclatura Combinada (NC), destinada a satisfacer simultáneamente las exigencias del arancel aduanero común, de las estadísticas de comercio exterior de la Unión y de otras políticas relativas a la importación […]
3 Como consecuencia de la emergencia de salud pública existente por el coronavirus se concedió una franquicia de derechos de importación y una exención en el IVA respecto de la importación de las mercancías necesarias para combatir los efectos de […]
Tras la aprobación del aplazamiento excepcional de deudas tributarias para hacer frente a la situación generada por el coronavirus, se regulan los efectos del impago de las cuotas aplazadas, y la posibilidad de que los contribuyentes acogidos al aplazamiento ejerciten su renuncia.
Las extinciones sin justificación de la causa, realizadas durante el inicial estado de alarma, considerando que las causas de fuerza mayor o ETOP asociadas al COVID-19, que hubieran permitido un ERTE, no avalan un despido no han tenido una calificación unívoca en la instancia. En ocasiones se ha calificado de nulo por entender que era un acto contrario a norma imperativa y haberse realizado un fraude de ley y en otras como improcedentes conforme a la calificación jurisprudencial tradicional del despido sin causa.
Se actualizan las condiciones y requisitos generales para la presentación por vía telemática a la Hacienda Foral de declaraciones y autoliquidaciones, por los obligados tributarios.