Son rendimientos obtenidos por la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, las cantidades percibidas de los derechos económicos de sociedades o fondos de capital riesgo. Se modifican las reglas para el cálculo del rendimiento neto en el subarrendamiento de vivienda.
Se establecen normas comunes aplicables a la deducción por inversión en producciones españolas y por ejecución de producciones extranjeras. Destaca el establecimiento de un límite global al importe de la deducción, que con carácter general es del 50% del coste de producción, y del 60% para las producciones transfronterizas. Las obras audiovisuales difíciles no tienen límite.
Una persona física nacional española, considerada residente fiscal en otro país de manera ininterrumpida durante varios años, no se convierte en residente fiscal en España por el hecho de haber pasado en este territorio más de 183 días en un período impositivo en el que tenía la consideración de residente en el otro país, siempre que dicha estancia se hubiera producido por cuestiones familiares excepcionales, y siempre que las autoridades fiscales del otro país hubieran emitido un certificado de residencia fiscal en él para dicho período impositivo.
Se modifica el modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua para incluir los países con los que se debe intercambiar información en 2019.
Al equipararse a efectos fiscales la distribución de la prima de asunción o emisión con la reducción de capital con devolución de aportaciones, en su distribución puede resultar de aplicación la exención para evitar la doble imposición de plusvalías.
Se modifica el modelo 289 para actualizar su contenido a la situación actual de los países comprometidos al intercambio de información en el ámbito de la asistencia mutua (CRS).
Con efectos a partir del 30-12-2018, se establece un periodo transitorio durante el cual las reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva realizadas como consecuencia de las nuevas exigencias en materia de incentivos establecidas en la Dir (UE) 2014/65 e incorporadas a nuestro ordenamiento por el RDL 14/2018, que tengan por objeto que el partícipe o accionista deje de soportar costes asociados a incentivos, puedan realizarse sin necesidad de recabar consentimiento individualizado de los partícipes y accionistas, y resulten neutrales fiscalmente.
Las sociedades que formulen cuentas consolidadas, cuando cumplan ciertos requisitos, deben incluir en el informe de gestión consolidado un estado de información no financiera consolidado.