Nueva sociedad mercantil de los hijos del empresario fallecido (RS 25/21 22 de Junio de 2021 al 28 de Junio de 2021)

Constituye un despido improcedente la extinción del contrato de trabajo por fallecimiento del empresario si los hijos del mismo crean una sociedad mercantil dos días antes del fallecimiento con la misma actividad, aunque celebren un nuevo contrato mercantil con el centro comercial donde está situado el negocio.