Novedades en el IVA de Bizkaia por la implementación del Proyecto Batuz (RF 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)

Para implementar el Proyecto Batuz se recoge la información referente a los borradores de autoliquidación del IVA. Así, se establece que su confección se debe realizar partiendo de la información que conste en los libros registros de actividades económicas correspondientes al IS o al IRPF, según corresponda, determinándose las fechas en las que deben ser puestos a disposición de los contribuyentes de oficio y recogiéndose, asimismo, la posibilidad de que puedan ser solicitados a instancia de parte.

Modificación del Reglamento de IS de Bizkaia por la implementación del proyecto Batuz (RF 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)

Se desarrollan las obligaciones tributarias del proyecto Batuz, mediante la modificación del Reglamento del IS.

Modificación del Reglamento de IRPF de Bizkaia por la implementación del proyecto Batuz (RF 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)

Con el objetivo de elevar el nivel de control sobre el fraude, se desarrolla el contenido de ciertas obligaciones tributarias relacionadas con el proyecto Batuz para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones a los contribuyentes que realizan actividades económicas.

Obligaciones tributarias formales en Bizkaia por la implementación del proyecto Batuz (RF 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)

Se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales, con el fin de asegurar el correcto cumplimiento de las nuevas obligaciones derivadas de la implantación del sistema TicketBAI y facilitar su comprobación por parte de la Administración tributaria.

Novedades en la aplicación de los tributos en Bizkaia (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se modifica la norma foral general tributaria para transponer la Directiva comunitaria
Dir 2018/822/UE
, en lo relativo al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad, en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información. Además, se introducen novedades en en materia de declaración de caducidad.

Novedades en el IVA de Bizkaia por la implementación del Proyecto Batuz (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se pone a disposición del contribuyente un borrador de autoliquidación por este impuesto, elemento que permite ampliar la labor de asistencia de la Administración tributaria de Bizkaia.

Novedades en el régimen de reestructuración empresarial en el IS de Bizkaia (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se introducen novedades en el régimen fiscal de reestructuración empresarial en el IS de Bizkaia. Destaca la regulación de un límite adicional aplicable a la deducibilidad de gastos financieros dentro del régimen especial y la subrogación en relación con las bases imponibles negativas pendientes de compensar en la entidad transmitente para el supuesto de transmisión de una rama de actividad cuyos resultados las hubieran generado.

Modificaciones en el IS de Bizkaia por la implementación del proyecto Batuz (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se establecen los cimientos normativos de los tres pilares sobre los que se asienta el proyecto Batuz: el establecimiento de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes; el establecimiento de la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas para las personas jurídicas; y la puesta a disposición de los contribuyentes por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia de borradores de declaraciones, a fin de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Modificaciones en el IP de Bizkaia por la implementación del Proyecto Batuz (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se introducen modificaciones en el procedimiento de declaración e ingreso de la deuda tributaria del IP.