Entre otras novedades, desde 1-1-2019 los sujetos pasivos inscritos en el Registro de devolución mensual no están obligados a presentar por vía telemática la declaración informativa sobre operaciones incluidas en los libros registro del IGIC.
En relación con este impuesto, se simplifica el procedimiento para pedir la devolución de las cuotas satisfechas y se introducen novedades en materia de plazos.
Se incorporan ciertas novedades en el régimen fiscal de Canarias en relación a las declaraciones censales, y a las obligaciones de informar sobre las operaciones con terceras personas, sobre las operaciones interiores exentas del IGIC por aplicación de la L 19/1994 art.25 y sobre operaciones incluidas en los libros registro del IGIC.
Destaca la inclusión de nuevos supuestos en los que los sujetos pasivos deben comunicar obligatoriamente la inclusión en el régimen simplificado, o bien ejercitar la renuncia al mismo, a través de la declaración censal de comienzo o de modificación.
Desde 1-1-2018, la comunicación de inclusión en el régimen especial del pequeño empresario o profesional conlleva la exclusión del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, sin que sea necesario comunicar este hecho a la Administración.
Desde 1-1-2018, los sujetos pasivos incluidos en el régimen especial del pequeño empresario o profesional no pueden optar al régimen especial del criterio de caja.
La modernización, armonización y mayor interrelación en los procedimientos y en la gestión de las aduanas de todos los Estados miembros de la UE, hace necesarios cambios significativos en el contenido de las declaraciones aduaneras y su desarrollo informático.