Araba: suministro inmediato de información

Se adapta el reglamento del impuesto a las modificaciones introducidas en el RIVA, aprobando el sistema de suministro inmediato de información (SII), que deben utilizar de forma obligatoria los sujetos pasivos que realicen la presentación mensual de la declaración-liquidación. También se permite su aplicación voluntaria.

Presentación telemática obligatoria

Se establece la presentación telemática obligatoria de ciertas declaraciones y autoliquidaciones, para aquellos obligados tributarios que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o limitada.

IVA diferido a la importación. No inclusión de cuotas en la declaración-liquidación

La no inclusión de una cuota de IVA a la importación liquidada por la Aduana en la declaración-liquidación, supone el inicio del período ejecutivo de recaudación, sin que ello impida el derecho del obligado tributario a la deducción del importe de dicha cuota.

La culpabilidad en el procedimiento sancionador

El hecho de que el obligado tributario sea una gran empresa, no justifica que le sea exigible un mayor grado de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.

Gipuzkoa: modificación del Reglamento de obligaciones tributarias formales. IVA

Se incorporan modificaciones reglamentarias necesarias para la introducción del Suministro Inmediato de Información (SII) sobre el IVA

Bizkaia: modificación del Reglamento de obligaciones tributarias formales. IVA

Se incorporan modificaciones reglamentarias necesarias para la introducción del Suministro Inmediato de Información (SII) sobre el IVA

Intereses de demora a favor del contribuyente en caso de ingresos indebidos

En el caso de IVA a la importación indebidamente soportado que fue objeto de deducción por parte del contribuyente, la Administración ha de satisfacer intereses de demora por el periodo de tiempo en que dicho importe estuvo indebidamente en su poder, es decir, hasta la fecha de la autoliquidación en el que dicho IVA soportado pudo ser compensado con el correspondiente IVA devengado.

Libros registro IVA

Se modifica la forma de llevar los libros registro y la información a proporcionar en los mismos, de forma particular a aquellos sujetos pasivos obligados a utilizar el sistema de Suministro inmediato de información.

Libros registro de facturas en el IVA

Se establece el contenido a incluir en los libros registro de facturas expedidas y recibidas por los empresarios o profesionales y otros sujetos pasivos del impuesto que lleven los libros registro de IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT.

Suministro inmediato de información

Ha sido aprobado el sistema de Suministro inmediato de información (SII), que deben utilizar de forma obligatoria aquellos sujetos pasivos que realicen la presentación mensual de la declaración-liquidación. También se permite al sujeto pasivo su aplicación de forma voluntaria.