El TS tiene que pronunciarse sobre si al exceso abonado sobre la indemnización legal al trabajador incluido en un ERE en que éste solo se adhiere a las condiciones previamente negociadas entre empresa y la representación legal de los trabajadores, le es de aplicación la reducción del 30% al tener naturaleza indemnizatoria la cantidad obtenida por el trabajador con ocasión del cese y tratarse de una renta irregular, así como delimitar el alcance de la exención fiscal en aquellos supuestos en los que está abierto un ERE y la extinción del contrato de trabajo se produce por mutuo acuerdo de empresa y trabajador en virtud de una oferta de prejubilación de la empresa con importes pactados.
Concurre el requisito de cese involuntario para acceder a la jubilación anticipada en un caso de rescisión del contrato por parte del trabajador que no aceptó por perjudicial la modificación sustancial de condiciones de trabajo, al amparo de condiciones objetivas y en el marco de una reestructuración empresarial.
En el caso de seguros colectivos que instrumentan compromisos por pensiones a los que las empresas realizaron aportaciones con anterioridad a 2007, cuando la contingencia de jubilación se haya producido en 2017, el plazo para aplicar la reducción del 40% a la prestación percibida en forma de capital finaliza el 31-12-2019.
Cabe la denegación de la pensión de jubilación anticipada involuntaria por falta de acreditación de la percepción de la indemnización de despido (colectivo u objetivo), cuando el solicitante de la pensión sólo presentó un finiquito y un recibo. Estos documentos privados suscritos por las partes no son equivalentes a la transferencia bancaria, pues la LGSS no exige que el trabajador entienda satisfecho su crédito, sino que, de modo efectivo y contable, se acredite que se ha producido el percibo de la indemnización, de forma tal que no pueda dudarse de la realidad de la propia extinción del contrato por las causas legales.
El RDL 11/2018, en vigor a partir 4-8-2018, incorpora al ordenamiento interno la Directiva relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y adapta la normativa interna.
Se modifica la normativa sobre planes y fondos de pensiones para adaptarla al ordenamiento comunitario, que establece medidas que permiten el mantenimiento y la consolidación de los planes de pensiones de empresa en los casos de movilidad de trabajadores entre Estados miembros. Además, el RDL extiende la consolidación de los derechos a los supuestos de movilidad nacional, reconociéndose a los trabajadores que se desplacen dentro del territorio español.
El RDL 11/2018, en vigor a partir 4-8-2018, incorpora al ordenamiento interno la Directiva relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y adapta la normativa interna.
Se modifica la normativa sobre planes y fondos de pensiones para adaptarla al ordenamiento comunitario, que establece medidas que permiten el mantenimiento y la consolidación de los planes de pensiones de empresa en los casos de movilidad de trabajadores entre Estados miembros. Además, el RDL extiende la consolidación de los derechos a los supuestos de movilidad nacional, reconociéndose a los trabajadores que se desplacen dentro del territorio español.