Unidad económica de convivencia a efectos de carencia de renta para la pensión no contributiva

La unidad económica de convivencia, a efectos de no superar el límite de rentas para acceder a la pensión de jubilación no contributiva, está formada también por el nieto de la beneficiaria de la pensión que vive con ella y su marido, aunque la madre del menor vive en otro domicilio, sin formar parte de la unidad familiar, y teniendo ingresos propios.