Modificación del Convenio Económico entre el Estado y Navarra

Entre las modificaciones introducidas destaca la determinación de la competencia para exigir la retención del gravamen especial sobre premios de loterías y la modificación de la regla sobre normativa aplicable a los grupos fiscales.

Indemnización a una comunidad de propietarios por inutilidad parcial de las plazas de garaje

Tributa en su totalidad la indemnización percibida por unas plazas de garaje que no pueden utilizarse para el uso que les es propio, porque la citada indemnización no tiene por objeto sufragar el coste de su reparación, sino indemnizar a los propietarios por el perjuicio económico que supone la pérdida de su valor por inutilidad parcial.

Novedades en relación al Catastro Inmobiliario

Con efectos desde el 26-6-2015, se ha modificado la LCI destacando, entre otras, las modificaciones en relación al concepto de suelo de naturaleza urbana, los procedimientos de incorporación de los inmuebles al Catastro Inmobiliario y los procedimientos de valoración catastral.

Contribuyentes que satisfacen a sus hijos anualidades por alimentos por decisión judicial

El TCo declara perfectamente constitucional la no aplicación del mínimo por descendientes a los contribuyentes que satisfacen anualidades por alimentos a sus hijos por decisión judicial, centrando la inconstitucionalidad en la exigencia del requisito de convivencia cuando exista dependencia económica y no se trate de un supuesto en el que se satisfagan las referidas prestaciones (como ocurre en los casos de divorcio o separación).

Principio de culpabilidad

No se puede sancionar a un contribuyente que realiza su autoliquidación del IRPF según las indicaciones reflejadas en los mecanismos de ayuda proporcionados por la propia AEAT cuando dicha declaración resulta errónea. Para sancionar, la Administración deberá probar que el contribuyente actuó de forma negligente o dolosa.

Régimen de dietas en la actividad de alquiler de vehículos con conductor

Se considera que no existen centros de trabajo móviles o itinerantes en la actividad de alquiler de vehículos con conductor dedicados al transporte de personas, en los que, para la prestación de los servicios, el trabajador se desplaza a distintos municipios, percibiendo dietas de distinta cuantía en función de si pernocta o no en los mismos.