Navarra: deducciones de la cuota líquida en el IRPF
Se introducen varias modificaciones en materia de deducciones de la cuota líquida entre las que destacan la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables
Se introducen varias modificaciones en materia de deducciones de la cuota líquida entre las que destacan la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables
Se modifica la forma de llevar los libros registro y la información a proporcionar en los mismos, de forma particular a aquellos sujetos pasivos obligados a utilizar el sistema de Suministro inmediato de información.
Se establece el contenido a incluir en los libros registro de facturas expedidas y recibidas por los empresarios o profesionales y otros sujetos pasivos del impuesto que lleven los libros registro de IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT.
Ha sido aprobado el sistema de Suministro inmediato de información (SII), que deben utilizar de forma obligatoria aquellos sujetos pasivos que realicen la presentación mensual de la declaración-liquidación. También se permite al sujeto pasivo su aplicación de forma voluntaria.
El servicio de mediación comercial en las transacciones como el de la intermediación financiera deben ser considerados como una totalidad, como un servicio de mediación comercial y quedar sometidos al mismo tratamiento a los efectos del impuesto.
En tanto la transmisión de un terreno se realice sin haber satisfecho el transmitente costes de urbanización porque se hace cargo el adquirente de todos los costes, o no se han iniciado efectivamente tales obras de urbanización, no cabe considerar que el terreno se encuentra en curso de urbanización a efectos de la exclusión de la exención prevista para los terrenos no edificables.
La naturaleza ganancial de los inmuebles adquiridos determina que estos se entiendan afectos en su totalidad al desarrollo de una actividad empresarial o profesional aun cuando se vaya a ejercer únicamente por uno de los cónyuges. La entrega posterior de los inmuebles estará sujeta en su totalidad al IVA.
La naturaleza ganancial de los inmuebles adquiridos determina que estos se entiendan afectos en su totalidad al desarrollo de una actividad empresarial o profesional aun cuando se vaya a ejercer únicamente por uno de los cónyuges. La entrega posterior de los inmuebles estará sujeta en su totalidad al IVA.
Es promotor persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.
La actividad de arrendamiento de garajes se encuentra sujeta y no exenta por lo que en una adquisición de viviendas de uso turístico y garajes se podría renunciar a la exención por segundas y posteriores transmisiones de inmuebles.
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