Incapacidad temporal consecuencia de los periodos de restricción en las salidas o entradas del municipio como consecuencia del coronavirus (RS 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)

Se deroga la normativa que amplió la asimilación a accidente de trabajo a las bajas derivadas de las restricciones de salida o de entrada a un municipio donde la empresa tuviera su centro de trabajo en el caso de que el trabajador tuviera su domicilio en otro municipio así como se estableció la incompatibilidad del subsidio con los salarios que se hubieren percibido. Por tanto queda vigente la redacción anterior, en la que solo se reconocía dicho derecho a los trabajadores que tuvieran su domicilio en el municipio afectado, y no donde la empresa tuviera su centro de trabajo en el caso de que el trabajador tuviera su domicilio en otro municipio.