Se incorporan algunas novedades en relación a los procedimientos de incorporación al Catastro inmobiliario de los inmuebles o las modificaciones que en su caso se produzcan.
Se modifican las exenciones en el IAE previstas para las personas físicas, así como para los contribuyentes con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 cuando el sujeto pasivo forma parte de un grupo de entidades.
Para que la Jefatura Provincial de Tráfico tramite el cambio de titularidad administrativa de un vehículo, solo se exige al titular registral acreditar el pago del IVTM correspondiente al período impositivo del año anterior a aquel en que se realiza el trámite. La existencia de deudas tributarias por el IVTM correspondientes a otros períodos impositivos distintos, o del embargo del vehículo, no es un obstáculo para que la Jefatura Provincial de Tráfico admita el cambio de titularidad administrativa del vehículo.