Novedades en la modalidad AJD del ITP y AJD en Gipuzkoa

Por lo que se refiere a la modalidad AJD del impuesto, en este territorio además de recogerse un nuevo supuesto de no sujeción y una nueva exención, se equiparan, con ciertos matices, los créditos a los préstamos hipotecarios a efectos de la aplicación de la exención prevista en esta modalidad del impuesto, siendo todas estas medidas aplicables desde el 23-7-2013.

Exención aplicable en el ITP y AJD de Gipuzkoa en las transmisiones de valores

Se incorpora a la normativa de Gipuzkoa, tal y como ya lo han hechos otros territorios forales, el tratamiento aplicable a las transmisiones de valores, admitidos o no a negociación en un mercado secundario oficial, en el ITP y AJD, declarando, con carácter general, la exención de gravamen y excepcionando de la misma a aquellos negocios jurídicos que traten de eludir el pago del impuesto.

Modificación del ITP y AJD en Gipuzkoa

Se elimina la exención prevista a entidades sin fines lucrativos, a la Iglesia Católica y resto de confesiones y a los partidos políticos.

Medidas tributarias para la protección de deudores sin recursos en Gipuzkoa

En las transmisiones de terrenos derivadas de ejecuciones hipotecarias y en la dación en pago de la vivienda por contribuyentes sin recursos que se produzcan en Gipuzkoa, se declaran sujetos pasivos del IIVTNU los adquirentes de dichos terrenos y se establece una nueva exención en AJD para la novación de préstamos hipotecarios que realicen dichos deudores.