Se prorroga para el ejercicio 2016 la bonificación del 95% en la cuota tributaria para las adquisiciones de inmuebles en los que se desarrollen o se vayan a desarrollar actividades industriales en los municipios del Corredor del Henares, Sureste y Sur Metropolitano con el fin de incentivar el desarrollo de actividades industriales en el ámbito de esta Comunidad Autónoma.
Se introducen cambios en los tipos de gravamen aplicables, afectando principalmente al tipo de gravamen general aplicable a la modalidad TPO del impuesto así como a la transmisión de determinados vehículos a motor.
Entre otras modificaciones, se introducen nuevos requisitos exigibles a efectos de poder aplicar el tipo reducido en el caso de derechos reales sobre inmuebles destinados a determinados usos productivos en esta Comunidad Autónoma y se amplía el ámbito de aplicación de la bonificación prevista para determinados arrendamientos.
En la adquisición de un inmueble mediante usucapión declarada por sentencia en juicio ordinario, al no haber existido transmisión patrimonial onerosa alguna, no existe obligación de tributar por ITP y AJD.
Es aplicable la exención prevista en el ITP y AJD a la disolución y liquidación de una comunidad conyugal siempre que se trate de un régimen asimilable a la sociedad de gananciales.
Unos hijos prestan dinero a su padre, mediante la formalización de un préstamo personal, por el cual el padre presentó autoliquidación del ITP y AJD. A efectos de la devolución del préstamo, el padre se plantea no hacerlo en metálico […]
La coordinación entre el Registro de la Propiedad y Catastro Inmobiliario a efectos de la identificación de las fincas resulta necesario, ya que afecta a muchos aspectos de la realidad económica, como ocurre con la liquidación del ITP y AJD.
A efectos de la aplicación del tipo reducido del ITP y AJD el título acreditativo de la condición de familia numerosa se limita a reconocer una situación preexistente, que es la que da el derecho a la aplicación del beneficio fiscal.