Resolución de segregación de fincas
La resolución de una segregación de fincas se encuentra exenta siempre que en el momento de haberse practicado esta sí se hubiese satisfecho el impuesto.
La resolución de una segregación de fincas se encuentra exenta siempre que en el momento de haberse practicado esta sí se hubiese satisfecho el impuesto.
La resolución de una segregación de fincas se encuentra exenta siempre que en el momento de haberse practicado esta sí se hubiese satisfecho el impuesto.
La resolución de una segregación de fincas se encuentra exenta siempre que en el momento de haberse practicado esta sí se hubiese satisfecho el impuesto.
La resolución de una segregación de fincas se encuentra exenta siempre que en el momento de haberse practicado esta sí se hubiese satisfecho el impuesto.
Se añade la exención relativa a la constitución, disolución y modificaciones consistentes en aumentos y disminuciones de los Fondos de Pensiones.
Se añade el principio de calificación del acto o contrato.
Se suprime un requisito para la aplicación de la exención del AJD relativo a las escrituras de novación modificativa de créditos hipotecarios.
Se adecúa el ITP y AJD en Gipuzkoa a la modificación operada por la L 44/2015, de sociedades laborales y participadas.
Se adecúa el ITP y AJD en Bizkaia a la modificación operada por la L 44/2015, de sociedades laborales y participadas
Tras la muerte de uno de los cónyuges, si no existe sociedad conyugal, los bienes que reciba el cónyuge supérstite quedan sujetos a tributación conforme al régimen matrimonial que rige la pareja, con independencia de las posibles cláusulas firmadas entre ambos cónyuges que puedan alterar la titularidad de los bienes del matrimonio.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).