Inicio de nueva actividad para la aplicación del tipo de gravamen reducido
La DGT analiza el cumplimento de este requisito en los casos de constitución de entidades por socios personas físicas.
La DGT analiza el cumplimento de este requisito en los casos de constitución de entidades por socios personas físicas.
Con efectos 27-5-2017 los informes motivados referentes a la aplicación de la deducción de I+D e IT son competencia de la Subdirección General de Fomento de la Innovación.
Si el elemento objeto de reinversión que genera el derecho a aplicar la deducción en cuota se transmite antes del plazo de mantenimiento, se debe efectuar una regularización, pero no se pierde el derecho a aplicar la deducción en caso de nueva reinversión dentro del plazo general previsto.
Se fija el orden de aplicación de diversas deducciones procedentes de ejercicios anteriores a 2015.
A las entidades de pago no les resulta de aplicación el tipo de gravamen del 30%, al no ser entidades de crédito.
Se modifica la deducción por inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales y se introduce una nueva deducción para los productores registrados que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales.
Se introducen modificaciones en la tributación al 23%.
Se establece de manera expresa la obligación del contribuyente de aplicar en su declaración las deducciones que ha tenido en cuenta para determinar el importe de la tributación mínima de ese periodo impositivo.
Se incorpora la bonificación aplicable a las cooperativas especialmente protegidas y a las explotaciones asociativas prioritarias.
Se mantienen, con algunas modificaciones, la deducción por inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de inversiones inmobiliarias, por realización de actividades de I+D o IT, por creación de empleo, por gastos de publicidad derivados de actividades de patrocinio, por inversiones en instalaciones de energías renovables y por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales. Además, se incorpora una nueva deducción por participación en proyectos de I+D o IT y dos nuevas deducciones por inversiones en movilidad eléctrica.
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