En la disolución de una entidad patrimonial, la entidad patrimonial puede aplicar la exención a toda la renta fiscal que se genere en su disolución, pero el socio solo puede aplicarla a la parte de renta que se corresponda con un incremento de beneficios no distribuidos generados por la entidad participada durante el tiempo de tenencia de la participación.
Cuando el socio único presta servicios sin contraprestación a la sociedad, el ajuste a valor de mercado determina la existencia de una aportación de socios para la sociedad y un mayor valor de participación en la sociedad para el socio.
Se efectúan precisiones, en el Reglamento de IS, en relación a la obligación de presentar la información país por país por parte de los grupos de empresas multinacionales.
El IVA soportado no deducible forma parte del precio de adquisición o coste de producción de los bienes y servicios, integrándose en la base imponible, en su caso, a través de su amortización.
Una vez realizado el estudio de comparabilidad, aunque se utilice un enfoque plurianual, la comparación debe efectuarse de forma individual, en relación con los resultados de cada ejercicio.
La AEAT se pronuncia sobre los efectos que tiene la reserva de capitalización dotada en la aplicación del incentivo fiscal en el ejercicio siguiente.
Aunque existan pagos parciales, la pérdida patrimonial derivada de la liquidación de un fondo de inversión se imputa al período impositivo en el que haya finalizado su proceso de liquidación.
Si una entidad patrimonial inicia nuevas actividades, puede compensar las bases imponibles negativas con los beneficios procedentes de dichas actividades.
Siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, el TEAC considera que la valoración de unos inmuebles realizada a efectos de TPO vincula a la Inspección en el IS.
Las entidades parcialmente exentas pueden aplicar la reserva de capitalización.