Liquidación de la importación en el régimen de depósito distinto al aduanero (RF 27/23 04 de Julio de 2023 al 10 de Julio de 2023)
Tributación en el IVA de los bienes objeto de IIEE que ultimen el régimen de desposito distinto al aduanero.
Tributación en el IVA de los bienes objeto de IIEE que ultimen el régimen de desposito distinto al aduanero.
Se modifica el límite temporal de aplicación de tipos reducidos a ciertos alimentos, extendiendo la misma hasta el 31-12-2023, salvo que la inflación subyacente de septiembre sea inferior al 5,5%.
Se adapta la normativa que regula el certificado al que se condiciona la aplicación de la exención en el IVA e IIEE para incorporar a las FFAA de Estados miembros de la UE implicados en la PCSD.
Se aprueba el modelo 381, que debe ser utilizado para solicitar el reembolso de las cuotas soportadas por las FFAA de países miembros de la UE distintos de España, vinculadas a la política de defensa común.
Con efectos 1-7-2022, se aprueba el reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales aplicables a las importaciones, entregas y adquisiciones intracomunitarias y prestaciones de servicios realizadas por las fuerzas armadas de los países miembros de la UE distintos de España involucradas en la política común de seguridad y defensa.
El arrendamiento no solo del terreno y las naves, sino también de la maquinaria necesaria para el desarrollo de la actividad agrícola que se venía realizando, supone que estamos ante un arrendamiento de negocio sujeto y no exento.
Desde el 1-1-2023 los arrendadores de bienes inmuebles no establecidos han sido excluidos de la regla de inversión del sujeto pasivo, lo que supone que deban acudir al procedimiento general de devolución del impuesto. De forma excepcional, se permite a estos sujetos pasivos utilizar ese procedimiento para obtener la deducción o devolución de las cuotas soportadas con anterioridad a la modificación de la legislación.
Se permite a los empresarios y profesionales que tengan la sede económica en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, acogerse al régimen especial de bienes importados sin tener que nombrar representante.
Dejan de estar afectadas por la regla de utilización efectiva las operaciones financieras y de seguros realizadas entre empresarios y profesionales.
Con efectos 1-1-2023, se especifica que en la ultimación del RDDA de los bienes objeto de IIEE supone una operación asimilada a una importación. Como consecuencia de lo anterior, se produce un ajuste técnico en el cálculo de la base imponible en importaciones y en operaciones asimiladas a las importaciones.
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