Modificaciones en las autoliquidaciones y resumen anual del IVA (RF 25/21 22 de Junio de 2021 al 28 de Junio de 2021)
Se modifican los modelos 303, 322 y 390 del impuesto para adaptarlos a los regímenes especiales de ventanilla única.
Se modifican los modelos 303, 322 y 390 del impuesto para adaptarlos a los regímenes especiales de ventanilla única.
Se adapta la llevanza de los libros registro en la sede electrónica de la AEAT a los regímenes especiales de ventanilla única.
Se reduce del 21% al 10%, el tipo impositivo aplicable al suministro de electricidad a ciertos consumidores.
Se actualizan los supuestos en los que se exime de la obligación de la llevanza de los libros registro.
Se adaptan los procesos de devolución a lo dispuesto en los regimenes de ventanilla única y se adapta su regulación de forma más precisa a lo dispuesto en la norma comunitaria.
Se aprueba el modelo de autoliquidación a utilizar por los sujetos pasivos acogidos a los regímenes especiales previstos para los servicios prestados a personas que no tienen la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes.
Se aprueba el formulario 035 de declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes, y se establece la forma y procedimiento para su presentación.
Se desarrolla reglamentariamente la obligación de registrar las operaciones facilitadas por una interfaz digital, una plataforma u otros medios similares.
Se desarrolla reglamentariamente la modalidad simplificada de liquidación de las importaciones cuando los sujetos pasivos no se han acogido a los regímenes especiales de ventanilla única.
Se produce el desarrollo reglamentario de los regímenes especiales de ventanilla única respecto a las condiciones y efectos del ejercicio de la opción, su renuncia y exclusión, las obligaciones formales y de información, y los requisitos para actuar como intermediario.
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