Se adecúa la normativa foral sobre exportaciones y operaciones asimiladas a las exportaciones a la LIVA tras la modificación realizada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Se modifican las tablas de devolución que deben utilizar las entidades colaboradoras autorizadas por el Ministerio de Hacienda en el régimen de viajeros.
Se elimina la referencia al valor mínimo en factura de las mercancías para aplicar el régimen de viajeros del impuesto.
Con efectos 5-7-2018, se incluyen dentro de la exención los posibles vuelos de conexión amparados por un único titulo de transporte valido para el viaje a un aeropuerto fuera del ámbito espacial del impuesto.