Servicios culturales prestados por establecimientos de carácter social

Las representaciones musicales, así como la organización de manifestaciones similares, se encontrarán exentas del Impuesto siempre que se cumpla el requisito subjetivo exigido por la Ley, esto es, que sean efectuadas por entidades de Derecho Público o por entidades o establecimientos culturales privados de carácter social.

Exención en operaciones interiores

Aun cuando tenga la condición de entidad deportiva de carácter social, la venta de material deportivo o recuerdos deportivos no pueden acogerse a la exención y tributan por el tipo general.

Deducciones en caso de incorrrecta aplicación del mecanismo de inversión del sujeto pasivo

Una vez recibida una factura rectificativa, la entidad que aplicó incorrectamente la regla de inversión, deberá consignar en la declaración-liquidación correspondiente al periodo en que se hubiera recibido dicho documento, además de las cuotas del impuesto devengadas y soportadas correspondientes a dicho periodo, las siguientes: (i) las cuotas devengadas, como consecuencia de la incorrecta aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo, como menor IVA devengado en el período; (ii) las cuotas soportadas, como consecuencia de lo indicado en el párrafo anterior, como menor IVA soportado en el período; (iii) las cuotas ahora repercutidas por la sociedad francesa, como consecuencia de la rectificación efectuada, como IVA soportado en el período.

Deducción de cuotas soportadas en la realización de operaciones no sujetas al impuesto

El Tribunal Supremo dicta sentencia desestimando la casación para unificación de doctrina confirmando la sentencia de instancia que consideraba no deducible el IVA soportado por el Ayuntamiento recurrente como consecuencia de la prestación por una sociedad privada X de los servicios de recogida de residuos y limpieza viaria, dado que no se afectan a operaciones sujetas al impuesto.

Repercusión del impuesto

La impugnación del acuerdo de liquidación, no impide al sujeto pasivo repercutir o rectificar las cuotas de IVA que correspondan a las operaciones por las que se está litigando.