Navarra: base liquidable en el IP
Se reduce el mínimo exento en este territorio, de 800.000 euros hasta 550.000 euros.
Se reduce el mínimo exento en este territorio, de 800.000 euros hasta 550.000 euros.
Se realizan modificaciones sobre la valoración de las actividades económicas y de las acciones y participaciones no cotizadas para el cálculo de la base imponible del IP
La ley que recoge las medidas fiscales y administrativas para el año 2016 en esta Comunidad Autónoma mantiene sin cambios la regulación del IP.
Con efectos desde el 31-12-2015, se regula la cuantía del mínimo exento aplicable en Aragón.
Con efectos desde el 31-12-2015, en Baleares se modifica el importe del mínimo exento y la tarifa del Impuesto.
Desde el 1-1-2016, se reduce el importe del mínimo exento, con excepción del fijado para los sujetos pasivos con discapacidad psíquica, física o sensorial. Además, se aprueba una tarifa propia del impuesto.
Se modifican las reglas para el cálculo de la base imponible de los bienes inmuebles, actividades económicas y de las acciones y participaciones no cotizadas
Se revisa la tarifa del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas
Las acciones de una sociedad cuya cotización se mantiene suspendida a 31-12 no aparecerán en la relación de valores negociados en mercados organizados con el valor de negociación medio del cuarto trimestre que se publica anualmente, por lo que, para su valoración a efectos del IP, son aplicables las reglas previstas para las acciones no negociadas en mercados organizados.
Se han aprobado los precios medios de venta de vehículos aplicables en el ITP y AJD, ISD e IMT a partir del 1-1-2016.
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