Se ha aprobado el Texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, en vigor desde el 28-6-2018, que mantiene la regulación prevista hasta ahora para el IP.
Se modifica la escala del impuesto respecto a la que se establecía en el impuesto sobre la riqueza y las grandes fortunas, dotándola de una mayor progresividad. Así, la nueva tarifa se compone de ocho tramos, tres más que los que componían la escala del impuesto derogado, y los tipos impositivos aplicables pasan a ser más progresivos y altos.
Con efectos desde el 20-6-2018, se introducen modificaciones en la determinación de la base imponible del IP y en las reglas de valoración.
Se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD, IMT e Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas, no incluidos en la OF Gipuzkoa 15/2018
Se reincorpora el límite de tributación conjunto con el IRPF. El límite opera cuando la suma de las cuotas íntegras del IP y del IRPF excede del 65% de la base imponible del IRPF.
Se ha aprobado el Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, en vigor desde el 24-5-2018, que entre otras cuestiones, regula la cuantía del mínimo exento y la tarifa aplicable en esta Comunidad Autónoma a efectos de la liquidación del impuesto.
Los bitcoins y demás criptomonedas deben declararse por su valor equivalente en euros a 31 de diciembre de cada año.
Se incrementa la bonificación de la cuota del IP de La Rioja.
A efectos del límite de la cuota del IP, existen elementos que, por su propia naturaleza, no son susceptibles de producir rendimientos gravados en el IRPF, pero que sí puedan obtenerlos por su destino.
Se disminuye el porcentaje del límite de reducción en la cuota íntegra del impuesto y se suaviza la tributación en la deducción de bienes y derechos necesarios para el desarrollo de una actividad empresarial o profesional