Deducción de la deuda resultante de una liquidación del IRPF impugnada y no ingresada cuya ejecución está suspendida

A efectos de la determinación de la base imponible, la impugnación de una liquidación del IRPF que no ha sido ingresada y cuya ejecución se ha suspendido no cumple con el requisito exigido por la LIP referente a la necesidad de que se trate de una deuda de la que deba responder el sujeto pasivo, por lo que no puede deducirse su valor del conjunto de bienes y derechos de los que es titular el sujeto pasivo.

Deducción de la deuda resultante de una liquidación del IRPF impugnada y no ingresada cuya ejecución está suspendida

A efectos de la determinación de la base imponible, la impugnación de una liquidación del IRPF que no ha sido ingresada y cuya ejecución se ha suspendido no cumple con el requisito exigido por la LIP referente a la necesidad de que se trate de una deuda de la que deba responder el sujeto pasivo, por lo que no puede deducirse su valor del conjunto de bienes y derechos de los que es titular el sujeto pasivo.

Valoración de bienes inmuebles

Se regula la regla de valoración de los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico en los mismos términos que en el RDL 8/2012, que ahora se deroga.