Deterioro de la participación por pérdidas de ejercicios anteriores en grupos fiscales

El importe de la corrección fiscal del valor de la participación en empresas del grupo, multigrupo y asociadas no debe eliminarse para la determinación de la base imponible del grupo si se corresponde con pérdidas de ejercicios anteriores que no se dedujeron por resultar los fondos propios de la filial negativos y en dichos ejercicios no se aplicó el régimen fiscal especial de consolidación.

Deterioro de la participación por pérdidas de ejercicios anteriores en grupos fiscales

El importe de la corrección fiscal del valor de la participación en empresas del grupo, multigrupo y asociadas no debe eliminarse para la determinación de la base imponible del grupo si se corresponde con pérdidas de ejercicios anteriores que no se dedujeron por resultar los fondos propios de la filial negativos y en dichos ejercicios no se aplicó el régimen fiscal especial de consolidación.

Deducibilidad de las aportaciones al Fondo de solidaridad Cooperativa

Las aportaciones al Fondo de Solidaridad Cooperativa realizadas por las cooperativas mixtas de primer grado, en el marco de los compromisos adoptados en el seno del grupo cooperativo, solo se consideran gasto contable y fiscal cuando se realicen en virtud de las cláusulas estatutariamente establecidas y siempre y cuando el propósito de dichas aportaciones sea crear un fondo para realizar determinadas actividades, así como la promoción y desarrollo de nuevas cooperativas o de nuevas actividades, siempre y cuando traigan causa del ejercicio de la actividad cooperativizada. No son gasto si tales aportaciones se efectúan de manera discrecional, fuera de lo estatutariamente establecido, y no responden al cumplimiento de los fines cooperativos.

Deducibilidad de las aportaciones al Fondo de Solidaridad Cooperativa

Las aportaciones al Fondo de Solidaridad Cooperativa realizadas por las cooperativas mixtas de primer grado, en el marco de los compromisos adoptados en el seno del grupo cooperativo, solo se consideran gasto contable y fiscal cuando se realicen en virtud de las cláusulas estatutariamente establecidas y siempre y cuando el propósito de dichas aportaciones sea crear un fondo para realizar determinadas actividades, así como la promoción y desarrollo de nuevas cooperativas o de nuevas actividades, siempre y cuando traigan causa del ejercicio de la actividad cooperativizada. No son gasto si tales aportaciones se efectúan de manera discrecional, fuera de lo estatutariamente establecido, y no responden al cumplimiento de los fines cooperativos.

Inversiones en sociedades mantenidas para la venta

En la consolidación de una sociedad dependiente adquirida por un grupo con el propósito exclusivo de su posterior enajenación, no será de aplicación el método de integración global sino su incorporación al balance siguiendo el criterio de valoración del valor razonable menos los costes de venta.

Compraventa de inmovilizado entre empresas del grupo

La entidad que debe reflejar en sus cuentas anuales individuales el gasto por impuesto sobre beneficios y el correspondiente pasivo por impuesto diferido que se pone de manifiesto en la operación es la empresa que haya contabilizado el beneficio. No obstante, cada sociedad del grupo debe incluir en la memoria de las cuentas anuales, las diferencias permanentes y temporarias surgidas como consecuencia de la aplicación del régimen de consolidación fiscal, señalando para las temporarias el ejercicio en que se originaron y el momento en que se produce su reversión.

Subrogación gratuita en posición deudora entre sociedades de un grupo fiscal

La novación subjetiva en un préstamo y el cambio de titularidad de una subvención de forma gratuita entre sociedades de un grupo fiscal tienen el mismo tratamiento que la condonación de deuda.

Subrogación gratuita en posición deudora entre sociedades de un grupo fiscal

La novación subjetiva en un préstamo y el cambio de titularidad de una subvención de forma gratuita entre sociedades de un grupo fiscal tienen el mismo tratamiento que la condonación de deuda.

Directiva sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines

Nueva directiva sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines a ciertos tipos de empresas.

Directiva sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines

Nueva directiva sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines a ciertos tipos de empresas.