Rescisión de hipoteca constituida por una filial a favor de su matriz

La constitución de una hipoteca por la filial en concurso a favor de su matriz no puede ser objeto de rescisión concursal, pues su constitución fue coetánea o contextual con el nacimiento del crédito garantizado, y se entiende justificada por las garantías que a su vez la matriz había concedido y le siguió concediendo para hacer posible que pudiera acceder a financiación externa.