Facturas rectificativas

El TEAC siguiendo el criterio del TS declara que, una vez producida la rectificación de las cuotas repercutidas, si esta supone una modificación a la baja, el contribuyente cuenta con el plazo de un año para regularizar su situación tributaria, sin perjuicio de que opte por instar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos.