Coronavirus y libre circulación: restricción a la entrada en España por las fronteras aéreas y marítimas y necesidad de cuarentena (RS 20/20 12 de Mayo de 2020 al 18 de Mayo de 2020)

Tras el restablecimiento de las fronteras interiores terrestres (mediante la
OM INT/239/2020
, actualmente prorrogada hasta el 24-5-2020) con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se restablecen también temporalmente, en las mismas condiciones, los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas desde las 00:00 horas del día 15-5- 2020 hasta las 00:00 horas del 24-5- 2020. Desde la misma fecha, y durante todo el estado de alarma, se establece la obligación de cuarentena, con algunas excepciones, para las personas procedentes de otros países a su llegada a España.

Coronavirus: prórroga de las restricciones a la entrada en España por viajes no imprescindibles (RS 20/20 12 de Mayo de 2020 al 18 de Mayo de 2020)

Desde las 00:00 horas del 16-5-2020 hasta las 24:00 horas del 15-6-2020, y sin descartarse eventuales prórrogas, se establecen las siguientes restricciones a la entrada en España de nacionales de terceros Estados y comunitarios, por razones de orden público y salud pública, siempre con el objeto de limitar la expansión del contagio por COVID-19. Estas medidas no se aplican ni en Andorra ni en Gibraltar. Sigue cerrados los pasos fronterizos de Ceuta y Melilla.