Abono de la indemnización por despido objetivo por transferencia bancaria que no se recibe hasta varios días después (RS 06/22 08 de Febrero de 2022 al 14 de Febrero de 2022)

El TS reitera que, en caso de despido por causas objetivas, es válida la puesta a disposición de la indemnización mediante transferencia bancaria ordenada el mismo día de la extinción, aunque sea recibida por el trabajador varios días después.

Carga de la prueba de la existencia de representación legal de los trabajadores en el despido objetivo (RS 03/22 18 de Enero de 2022 al 24 de Enero de 2022)

En caso de despido objetivo por causas ETOP, si la trabajadora alega el incumplimiento de la obligación de entrega del escrito de preaviso a los representantes de los trabajadores y la empresa niega que exista tal representación, es la trabajadora quien debe probar su existencia sin que pueda invocar la regla de disponibilidad y facilidad probatoria. Si lo prueba, entonces incumbirá a la empresa acreditar que sí dio traslado del escrito.

Aplicación de la prohibición de despedir un año después del estado de alarma (RS 46/21 16 de Noviembre de 2021 al 22 de Noviembre de 2021)

No procede la aplicación de la denominada prohibición de despedir cuando se evidencia que empresa la empresa ya se encontraba en dificultades para mantener el empleo con anterioridad a la crisis producida por el COVID-19.

Extinción del contrato por jubilación plena del empresario tras la jubilación activa (RS 43/21 26 de Octubre de 2021 al 01 de Noviembre de 2021)

No procede la extinción del contrato de trabajo por jubilación del empresario en el caso de pasar a la jubilación plena más de 6 años después de haberse acogido a la jubilación activa.

Despido por causas ETOP basado en la resolución del contrato de alquiler del local (RS 40/21 05 de Octubre de 2021 al 11 de Octubre de 2021)

El mero hecho de resolverse el contrato de arrendamiento del local a la expiración de las prórrogas pactadas no es causa organizativa suficiente para justificar el despido objetivo.

Prohibición de extinguir el contrato y de despedir en base a ERTE COVID-19 por fuerza mayor y causas ETOP (RS 39/21 28 de Septiembre de 2021 al 04 de Octubre de 2021)

Se mantiene hasta el 28-2-2022 la medida por la que la fuerza mayor y las causas ETOP en las que se basan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en el
RDL 8/2020 art.22 y 23
;
L 3/2021 art.2
, no pueden ser justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.

Despido objetivo improcedente por defectos formales, readmisión y nuevo despido inmediato por las mismas causas (RS 38/21 21 de Septiembre de 2021 al 27 de Septiembre de 2021)

Declarada la improcedencia del despido objetivo- por causas económicas- por defectos de los requisitos formales esenciales, la relación laboral se recompone con la opción por la readmisión, por lo que el empresario puede efectuar un nuevo despido -subsanando los defectos- en el momento de la incorporación del trabajador, sin que sea necesario que se produzca, previamente, una efectiva prestación de servicios.

Extinción del contrato por faltar 4 días al trabajo en pandemia, incluyendo el fin de semana (RS 36/21 07 de Septiembre de 2021 al 13 de Septiembre de 2021)

No se considera dimisión faltar 4 días consecutivos al puesto de trabajo, durante el estado de alarma causado por la crisis sanitaria de COVID-19 y coincidiendo 2 de ellos con el fin de semana no laborable, si no existe una manifestación inequívoca de la voluntad del trabajador de extinguir la relación laboral.

Retraso grave en el abono de salarios a causa de la crisis por COVID-19 (RS 22/21 01 de Junio de 2021 al 07 de Junio de 2021)

El retraso grave en el abono de salarios no tiene entidad suficiente para justificar la extinción indemnizada del contrato cuando se debe a la situación excepcional derivada de la crisis por COVID-19, que ralentizó la aprobación de la subvención municipal de la que depende el abono salarial.

Prohibición de extinguir el contrato y de despedir en base a ERTE COVID-19 por fuerza mayor y causas ETOP (RS 21/21 25 de Mayo de 2021 al 31 de Mayo de 2021)

Se mantiene hasta el 30-9-21 la medida por la que la fuerza mayor y las causas ETOP en las que se basan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en el
RDL 8/2020 art.22 y 23
, no pueden ser justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.