Retenciones soportadas por las IIC españolas en los dividendos recibidos de sociedades francesas
La diferencia de trato que aplica la legislación francesa a los dividendos abonados a organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) no residentes, sujetos a retención en origen, frente a los dividendos abonados a OICVM residentes, no sujetos a dicha retención, es incompatible con el principio de libre circulación de capitales que predica el ordenamiento comunitario.