Exención de las participaciones en entidades (RF 19/21 11 de Mayo de 2021 al 17 de Mayo de 2021)

El hecho de que la persona que desarrolla las funciones de dirección en la entidad las ejerza a media jornada, no supone un impedimento para considerar las participaciones exentas. Con independencia de la duración de la jornada de su cargo, lo relevante es que el ejercicio de estas funciones suponga una efectiva intervención en las decisiones de la empresa.