ERTE por fuerza mayor por impedimento o limitaciones de actividad a partir del 1-10-2020 (RS 40/20 29 de Septiembre de 2020 al 05 de Octubre de 2020)

Se adoptan medidas temporales de regulación de empleo -suspensiones y reducciones- vinculadas de manera directa con impedimentos de la actividad, o con limitaciones en el desarrollo de la actividad normalizada de las empresas, causadas por nuevas medidas de restricción o contención sanitaria, con aplicación de exenciones en la cotización de la aportación empresarial por cuotas y conceptos de recaudación conjunta.

ERTE por causas ETOP derivados del coronavirus a partir del 1-10-2020 (RS 40/20 29 de Septiembre de 2020 al 05 de Octubre de 2020)

ERTE por ETOP vinculados con el COVID-19 (RDL 8/2020 art.23) iniciados tras el 30-9-2020, y prórroga de los expedientes que finalicen a partir de dicha fecha.

Empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por ERTE y una reducida tasa de recuperación de actividad (RS 40/20 29 de Septiembre de 2020 al 05 de Octubre de 2020)

Se establece un régimen específico en materia de beneficios en las cotizaciones a la Seguridad Social para aquellas empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por ERTE y una reducida tasa de recuperación de actividad. Además, se establece la posibilidad de que determinadas empresas dependientes indirectamente o integrantes de la cadena de valor de las anteriores puedan acreditar ante la autoridad laboral dicha condición y acceder a los mismos beneficios en materia de cotizaciones.