Modificaciones en materia de jornada y horario para los empleados públicos
Adaptación de la regulación sobre jornada y horario de los empleados públicos a la jornada mínima y nuevas medidas de control y justificación de ausencias.
Adaptación de la regulación sobre jornada y horario de los empleados públicos a la jornada mínima y nuevas medidas de control y justificación de ausencias.
Es conforme a derecho el establecimiento de una jornada de dos horas y media más semanales llevado a cabo por la Administración.
Quedan suprimidos -con efectos de 2013- los permisos de libre disposición y por antigüedad y se reducen a tres días los previstos para asuntos particulares. La medida implica la suspensión de los Acuerdos, Pactos y Convenios que no se ajusten a la nueva regulación.
La normativa comunitaria sobre tiempo de trabajo es aplicable a los funcionarios , y en consecuencia éstos tienen derecho a una compensación económica por las no disfrutadas en caso de enfermedad al llegar a la edad de jubilación.
A partir del 1-1-2012 en el sector público estatal, el promedio semanal de la jornada ordinaria de trabajo no puede ser inferior a 37 horas y 30 minutos
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