El Tribunal Supremo flexibiliza los medios de prueba para aplicar el mínimo por discapacidad (RF 18/23 02 de Mayo de 2023 al 08 de Mayo de 2023)

Si bien el grado de discapacidad resulta acreditado mediante la aportación del correspondiente certificado o resolución expedidos por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente de las CCAA, de modo que quien disponga del mismo no necesita otra justificación adicional, para acreditar dicho grado también se puede utilizar cualquier otro medio de prueba admitido en derecho, al no establecer la normativa del Impuesto que tales certificados o resoluciones sean pruebas exclusivas y excluyentes.