Notificación y ejecución transfronteriza de sanciones administrativas relacionadas con el desplazamiento de trabajadores en la UE
Desde el 27-5-2017, la Inspección de trabajo española puede iniciar de oficio un procedimiento sancionador a raíz de una comunicación de una Administración pública foránea, por incumplimiento de las condiciones laborales aplicables a los trabajadores desplazados desde España en el marco de una prestación de servicios. También se establece la notificación y ejecución transfronteriza de sanciones administrativas españolas en otro Estado miembro de la UE o el EEE, a través del Sistema IMI, así como de las impuestas en esos otros Estados miembros que se desee notificar o ejecutar en España.