Adquisición de inmueble por tanteo
En el ejercicio del derecho de tanteo por el propio arrendatatio, el valor del inmueble que se adquiere viene determinado a efectos del ITP y AJD, con carácter general, por el valor real de dicho bien.
En el ejercicio del derecho de tanteo por el propio arrendatatio, el valor del inmueble que se adquiere viene determinado a efectos del ITP y AJD, con carácter general, por el valor real de dicho bien.
Se realizan varias modificaciones en materia de pérdidas y ganancias patrimoniales entre las que destaca la imputación temporal de los créditos vencidos y no cobrados y la determinación del valor de adquisición en las transmisiones lucrativas por título sucesorio con eficacia de presente
Se modifican las normas específicas del cálculo de los incrementos y disminuciones de patrimonio, los incrementos no justificados y se añade un nuevo sistema de tributación para los incrementos en el patrimonio por cambio de residencia al extranjero.
Se establecen las siguientes modificaciones en el IRPF de Araba: 1. Con efectos a partir del 1-1-2014: – se incorpora el supuesto de dación en pago de la vivienda habitual del deudor y del garante del deudor (incluso en condición […]
Desde el 1-4-2015, existe una nueva norma reguladora del impuesto en este territorio.
Se introducen modificaciones en relación con la base imponible y liquidable, así como con las deducciones en la cuota.
Se modifica la NF Gipuzkoa 3/2014 en relación a la base imponible, liquidable, deducciones, gestión y otras correcciones.
Régimen jurídico de los parques nacionales: concepto, objetivos y finalidades, requisitos, declaración y efectos e instrumentos de planificación.
La nueva Ley del IS introduce una importante reforma del régimen de transparencia fiscal internacional, reestructurándose todo el tratamiento de la doble imposición con un conjunto normativo cuyo principal objetivo es atraer a territorio español la tributación de aquellas rentas pasivas, en su mayoría, que se localizan fuera del territorio español con una finalidad eminentemente fiscal.
En la continuidad de adopción de medidas encaminadas a la lucha contra el fraude, en el ámbito de la fiscalidad internacional, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015 se modifica el régimen de transparencia fiscal internacional, con el fin de atraer a territorio español la tributación de aquellas rentas pasivas localizadas fuera del mismo con una finalidad eminentemente fiscal.
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