Determinación del foro competente cuando no se prestan servicios por causa imputable al empresario (RS 09/21 02 de Marzo de 2021 al 08 de Marzo de 2021)

El Reglamento Bruselas determina el foro competente aunque el contrato laboral no se ejecutara por causa imputable al empresario, que finalmente le despidió. Son competentes los tribunales del lugar en el que o desde el cual el trabajador debía, conforme al contrato de trabajo, cumplir lo esencial de sus obligaciones respecto del empresario, sin perjuicio de que puedan aplicarse las normas sobre litigios relativos a la explotación de sucursales, agencias u otros establecimientos.