La mera imputación penal del trabajador no es causa de despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual
La imputación del trabajador en un proceso penal no es causa de despido disciplinario. Si la empresa no acredita la transgresión de la buena fe que imputa en su carta de despido, éste ha de calificarse de improcedente. No hay en este supuesto despido nulo por vulneración automática del derecho al honor del trabajador que debió acreditar la intención empresarial de atentar contra su buena reputación y lograr su descrédito, así como la difusión pública empresarial del caso. Por otro lado, es doctrina consolidada la imposibilidad de alegar la vulneración del derecho a la presunción de inocencia en el ámbito de las relaciones laborales en cuanto a la valoración de conductas constitutivas de despido disciplinario.