Despido por desarrollo de actividades durante la IT y transgresión de la buena fe contractual (RS 07/22 15 de Febrero de 2022 al 21 de Febrero de 2022)

No hay transgresión de la buena fe contractual sancionable con el despido, porque de la prueba practicada no se evidencia que tenga aptitud para el trabajo ni esté simulando la enfermedad, tampoco que las actividades imputadas (conducir un vehículo cargar pequeños pesos y acudir al gimnasio) interfieran negativamente en el restablecimiento de su estado de salud. En el caso concreto existía, además, un informe médico que especifica que el paciente había obtenido mejoría clínica con ocasión del ejercicio físico regular realizado por su cuenta