Despido de teletrabajadora que se manifiesta en contra de los sistemas de control empresarial: derecho a la intimidad y a la garantía de indemnidad (RS 06/22 08 de Febrero de 2022 al 14 de Febrero de 2022)

Es procedente el despido al acreditarse las imputaciones realizadas por medios diferentes al sistema de control del teletrabajo vulnerador del derecho a la intimidad. No se entiende vulnerada la garantía de indemnidad por el envío el día previo al despido de un correo electrónico quejándose del sistema de control, al carecer de proyección exterior y fundamentarse el despido en otros incumplimientos ajenos a la cuestión.