Interrupción de la inscripción como demandante de empleo a efectos de la renta activa de inserción

La exigencia, para ser beneficiario de la renta activa de inserción, de permanecer inscrito como demandante de empleo durante 12 o más meses se ve interrumpida por la salida al extranjero, pero, a partir del 31-10-2012, se exceptúan algunos supuestos cuando no excedan de un tiempo determinado.