CCol productores de obras audiovisuales y actores
Nuevo convenio colectivo que regula las relaciones de trabajo entre las empresas de producción audiovisual y los actores/actrices que presten sus servicios a las mismas.
Nuevo convenio colectivo que regula las relaciones de trabajo entre las empresas de producción audiovisual y los actores/actrices que presten sus servicios a las mismas.
Régimen jurídico urbanístico y territorial del patrimonio cultural gallego.
Restitución económica, medioambiental y social de los municipios.
Se deroga el anterior Reglamento general de protección de datos dándose una nueva regulación que permite el desarrollo específico a los Estados miembros.
Se ha aprobado en Navarra el modelo S-90 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2015 y el 31-12-2015, así como el modelo 220 para los grupos que tributen por el régimen de consolidación fiscal.
El alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social implica, en principio, el ejercicio de la actividad, sin que se precise la justificación adicional de ingresos.
La acción civil derivada de delito no pierde su naturaleza civil por el hecho de ejercitarse en el proceso penal. El momento del accidente es el que determina el régimen legal aplicable. La cuantificación de la indemnización debe atenerse al valor en el momento del alta definitiva. Respecto a la coordinación entre el principio de resarcimiento total del daño y el de prohibición del enriquecimiento injusto, de lo que se trata de indemnizar es un daño distinto o de completar las indemnizaciones ya percibidas a cargo de la Seguridad Social hasta satisfacer el daño realmente sufrido. No existe una independencia absoluta de lo percibido en concepto de indemnizaciones por las contingencias aseguradas y por las de responsabilidad civil complementaria.
La acción civil derivada de delito no pierde su naturaleza civil por el hecho de ejercitarse en el proceso penal. El momento del accidente es el que determina el régimen legal aplicable. La cuantificación de la indemnización debe atenerse al valor en el momento del alta definitiva. Respecto a la coordinación entre el principio de resarcimiento total del daño y el de prohibición del enriquecimiento injusto, de lo que se trata de indemnizar es un daño distinto o de completar las indemnizaciones ya percibidas a cargo de la Seguridad Social hasta satisfacer el daño realmente sufrido. No existe una independencia absoluta de lo percibido en concepto de indemnizaciones por las contingencias aseguradas y por las de responsabilidad civil complementaria.
Nuevos proyectos o modificación de los existentes.
Si se causó alta en el RETA, sin sustituir tal aseguramiento por la pertenencia a una mutualidad alternativa, solo se puede causar baja en el RETA por cesar en la actividad laboral por cuenta propia, sin que quepa revocar aquella decisión voluntaria, ejercitable por una sola vez, dada la indisponibilidad de los derechos y deberes derivados del sistema de la Seguridad Social vigente. Por tanto, en el supuesto de profesional colegiado en alta simultánea, por el mismo ejercicio profesional, en el RETA y en una mutualidad alternativa, no es posible la jubilación en el RETA, si no se causa baja en el ejercicio profesional; no pudiendo compatibilizarse la pensión y el ejercicio profesional.
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